La gestión de la formación bonificada en grupos de empresas tiene particularidades que no aplican a las empresas individuales. Cuando varias sociedades forman parte de un mismo grupo, surge la pregunta de si el crédito FUNDAE es de cada empresa o del grupo en su conjunto, y si una empresa puede usar el crédito de otra. La respuesta implica entender cómo define FUNDAE un grupo de empresas y qué mecanismos existen para optimizar la formación de forma centralizada.
¿Qué se considera grupo de empresas a efectos de FUNDAE?
FUNDAE no tiene una definición propia de grupo de empresas: aplica la definición del artículo 42 del Código de Comercio, que considera que existe un grupo cuando una sociedad ostenta o puede ostentar, directa o indirectamente, el control de otra u otras. El control se presume cuando la sociedad dominante posee la mayoría de los derechos de voto, tiene la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración, o ha designado con sus votos a la mayoría de los miembros del órgano de administración.
Esta definición tiene consecuencias prácticas: no basta con que dos empresas compartan accionista o tengan relación comercial para que FUNDAE las considere grupo. Debe existir una relación de control efectivo y documentable entre las sociedades.
En casos de estructuras complejas (holdings con múltiples filiales, grupos con participación cruzada o sociedades controladas indirectamente), la determinación de qué empresas forman el grupo a efectos de FUNDAE puede requerir análisis específico. En estas situaciones, se recomienda consultar con un gestor especializado antes de diseñar la estrategia de formación del grupo.
¿El crédito de formación se calcula por empresa o por grupo?
El crédito de formación bonificada se calcula y se asigna de forma individual a cada empresa, en función de sus propias cotizaciones por formación profesional y del tamaño de su plantilla. No existe un crédito de grupo que se distribuya entre las sociedades: cada CIF tiene su propio crédito anual en el sistema de FUNDAE.
Esto significa que una empresa del grupo con muchos trabajadores y salarios altos genera un crédito elevado, mientras que una filial pequeña o de nueva creación puede tener un crédito muy reducido o incluso el mínimo garantizado de 420 euros. El crédito de una sociedad no se transfiere automáticamente a otra, aunque formen parte del mismo grupo.
Cómo distribuir el crédito entre las sociedades del grupo
Aunque el crédito es individual, la normativa permite que los grupos de empresas gestionen la formación de forma centralizada, lo que facilita la optimización del crédito disponible en el conjunto del grupo.
La vía principal es designar a una empresa del grupo como entidad organizadora de la formación del resto de sociedades. Esa empresa centraliza la planificación, la comunicación a FUNDAE y la gestión documental, mientras que cada sociedad aplica la bonificación correspondiente sobre su propio crédito. Los trabajadores de cualquier sociedad del grupo pueden participar en las mismas acciones formativas, siempre que cada empresa bonifique su parte del coste en función de su crédito disponible.
Ejemplo práctico de reparto
Un grupo formado por tres sociedades: la sociedad A (holding, 15 trabajadores, crédito disponible: 1.200 €), la sociedad B (filial operativa, 80 trabajadores, crédito disponible: 8.500 €) y la sociedad C (filial de reciente creación, 4 trabajadores, crédito disponible: 420 €).
El grupo planifica un curso de gestión de equipos para 25 personas de las tres sociedades, con un coste total de 5.000 euros. La distribución del coste y la bonificación se realiza proporcionalmente al número de participantes de cada sociedad: si 5 provienen de A, 18 de B y 2 de C, cada empresa bonifica la parte correspondiente a sus participantes dentro de su propio crédito. La sociedad B, con mayor crédito, puede asumir una parte más significativa de la formación del grupo.
1.000 € → bonificación: 900 €
Cofinanc. 10%: 100 €
3.600 € → bonificación: 2.880 €
Cofinanc. 20%: 720 €
400 € → bonificación: 400 €
Cofinanc. 0% (exenta)
Ejemplo orientativo con datos ficticios. Los créditos reales dependen de las cotizaciones y plantillas de cada ejercicio. Fuente: Real Decreto 694/2017, art. 9, y artículo 42 del Código de Comercio (definición de grupo).
Ventajas de gestionar la formación de forma centralizada en un grupo
La gestión centralizada de la formación bonificada en un grupo de empresas tiene ventajas claras. Permite optimizar el crédito total del grupo: si una sociedad tiene crédito sobrante y otra tiene necesidades formativas que superan su crédito, la planificación conjunta puede equilibrar el uso del crédito agregado, siempre que los participantes sean trabajadores en activo de la empresa que aplica la bonificación correspondiente.
Reduce la carga administrativa: una única entidad organizadora gestiona la comunicación con FUNDAE, la documentación y el seguimiento para todas las sociedades del grupo, evitando duplicidades y asegurando criterios homogéneos de calidad documental.
Facilita la coherencia del plan formativo: un grupo con una estrategia formativa centralizada puede alinear la formación de sus diferentes sociedades con los objetivos del grupo, evitando que cada filial decida de forma aislada qué cursos realiza.
Errores comunes al bonificar formación en estructuras de grupo
Bonificar en una empresa trabajadores de otra. Es el error más grave y el más frecuente. Solo pueden participar en la formación bonificada de una empresa los trabajadores que tienen contrato en vigor con esa empresa específica. Un trabajador de la filial B no puede participar como beneficiario de la bonificación de la sociedad A, aunque ambas pertenezcan al mismo grupo.
No documentar la relación de control entre las sociedades. Si la administración requiere justificación de que las empresas forman un grupo, la empresa debe poder acreditarlo mediante la documentación societaria correspondiente.
Usar el crédito de una sociedad para pagar la formación de otra. Cada empresa debe bonificar su propio crédito por los participantes que tienen contrato con ella. Trasladar la bonificación de una sociedad a otra sin que haya participantes propios en la formación es una irregularidad que puede derivar en reintegro.
No adaptar la aportación privada al tamaño de cada sociedad. El porcentaje de cofinanciación se calcula individualmente para cada empresa, en función de su propia plantilla. Una filial de 8 trabajadores aplica el 5%, aunque el grupo en su conjunto tenga 500 empleados.