Tu empresa lleva todo el año cotizando por formación profesional. Ese dinero está ahí, reservado para formar a tu equipo. Y el 31 de diciembre desaparece si no lo usas. Sin aviso, sin devolución, sin segunda oportunidad.
Miles de empresas españolas dejan caducar cada año un crédito de formación que ya han pagado a través de sus cotizaciones a la Seguridad Social. No es una subvención que haya que solicitar: es dinero que la empresa genera automáticamente y que, si no se utiliza antes del 31 de diciembre, se pierde.
Si no sabes cuánto tienes disponible ni cómo calcularlo, este artículo te lo explica paso a paso — y te dejamos una calculadora para que lo compruebes tú mismo en menos de un minuto.
¿Cómo calcular la bonificación para la formación profesional?
La formación bonificada es la formación que una empresa programa para sus trabajadores y cuyo coste puede recuperar, de forma total o parcial, mediante bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social. El mecanismo no funciona como una subvención directa: la empresa no recibe dinero, sino que descuenta el importe bonificable de sus cotizaciones mensuales a la Seguridad Social.
El marco normativo que regula este sistema es el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, que desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, de Formación Profesional para el Empleo. A esto se suma la Orden TES/1582/2025, en vigor desde enero de 2026, que introduce modificaciones en los procedimientos de justificación e inspección.
El punto de partida para entender cuánto puede bonificar tu empresa es la cuota de formación profesional. La cuota de formación profesional es el 0,70% de la base de cotización por contingencias profesionales de todos los trabajadores de la empresa durante el año natural anterior. Esta cuota se abona mensualmente a la Seguridad Social y figura desglosada en el documento TC1 bajo el epígrafe «Formación Profesional».
Lo que cotizas en 2025 determina tu crédito para 2026. El sistema toma la suma total de la casilla 501 de tus Recibos de Liquidación de Cotizaciones del año pasado. Este importe representa la cotización por Formación Profesional aportada tanto por la empresa (0,6%) como por los trabajadores (0,1%).
Simulador de crédito formación bonificada
Fórmula para calcular el crédito de la formación bonificada
El crédito se calcula multiplicando la cuota de formación profesional cotizada el año anterior por el porcentaje de bonificación que corresponda según el tamaño de la plantilla.
Crédito FUNDAE = Cuota FP año anterior × % bonificación según plantilla
El porcentaje aplicable sobre la cuota ingresada varía en función del tamaño de la empresa: empresas de 1 a 5 trabajadores disponen de un crédito mínimo de 420 euros; empresas de 6 a 9 trabajadores, el 100% de la cantidad cotizada; de 10 a 49 trabajadores, el 75%; de 50 a 249, el 60%; y de 250 o más trabajadores, el 50%.
Además, las empresas que abran nuevos centros de trabajo o sean de nueva creación y contraten nuevos trabajadores tendrán acceso a un crédito de bonificación equivalente a 65 euros por cada trabajador nuevo que incorporen a su plantilla.
Aquí puedes calcularlo directamente:
Calculadora de Crédito Formativo FUNDAE 2026
Estima el crédito de formación bonificada disponible para tu empresa este año.
Aspectos clave de la formación bonificada
Conocer el crédito disponible es solo el primer paso. Estos son los aspectos que más afectan al uso real del crédito y los errores que más dinero cuestan a las empresas:
El crédito no es acumulable salvo excepciones. Las empresas de menos de 50 trabajadores pueden reservar el crédito no consumido para los dos ejercicios siguientes, siempre que comuniquen esa voluntad antes del 30 de junio en la aplicación. El resto de empresas pierde el crédito no utilizado el 31 de diciembre.
El plazo de consumo es anual e inamovible. Las empresas tienen hasta el 31 de diciembre de 2026 para utilizar los créditos correspondientes al ejercicio en curso. En la práctica, la bonificación se aplica en la liquidación de cuotas de diciembre, que se abona en enero de 2027.
La comunicación previa es obligatoria. Antes de iniciar cualquier acción formativa, la empresa debe comunicarlo a la Representación Legal de los Trabajadores y notificar el inicio del curso en la aplicación de FUNDAE con al menos dos días naturales de antelación. Sin esa comunicación, la formación no es bonificable.
El crédito no llega como transferencia. La bonificación no se recibe directamente, sino que se descuenta en los Seguros Sociales. El importe indicado en el informe de FUNDAE se aplica en el boletín de cotización del mes correspondiente. El sitio del programador
Las empresas con ERTE tienen crédito adicional. Las empresas que formen a trabajadores afectados por expedientes de regulación temporal de empleo tienen derecho a un incremento del crédito disponible para esas acciones formativas.
El dato definitivo siempre es el oficial. Si tu empresa ya está dada de alta en la aplicación de FUNDAE, puedes conocer exactamente el crédito del que dispones. Si el crédito indica entre paréntesis "dato validado", significa que FUNDAE ya ha cruzado los datos con la Seguridad Social y ese es el crédito real.
En Formación Continua gestionamos todo el proceso de formación bonificada por ti: desde la planificación del plan formativo hasta la aplicación de la bonificación en tus cotizaciones. Si quieres saber cuánto crédito tiene tu empresa y cómo aprovecharlo al máximo, contacta con nuestro equipo.