¿Qué es la aportación privada en la formación bonificada y cómo se calcula?

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Uno de los aspectos menos conocidos del sistema de formación bonificada es que no siempre cubre el 100% del coste del curso. A partir de cierto tamaño de plantilla, la normativa exige que la empresa asuma con sus propios fondos una parte del coste: es la aportación privada o cofinanciación privada. No cumplirla invalida la bonificación, aunque la formación se haya realizado correctamente, por lo que entender cómo funciona y cómo se calcula es imprescindible para cualquier empresa que gestione formación bonificada.

¿Por qué existe la aportación privada obligatoria?

La aportación privada responde a un principio de responsabilidad compartida: si la empresa cofinancia parte del coste formativo, tiene un incentivo real para que esa formación sea útil y tenga retorno. El objetivo de la normativa es evitar que el crédito FUNDAE se use de forma indiscriminada en formación sin valor real para la actividad de la empresa.
La obligación de cofinanciar está regulada en el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, y se aplica a todas las empresas de más de 5 trabajadores. Su cuantía varía en función del tamaño de la plantilla: cuanto mayor es la empresa, mayor es el porcentaje que debe asumir con fondos propios.

Porcentaje de aportación privada según el tamaño de empresa

Tamaño de empresa % Aportación privada % Bonificable Observaciones
1 a 5 trabajadores 0% Exento 100% Mínimo garantizado de 420 € anuales, aunque lo cotizado sea inferior. Sin obligación de cofinanciar.
6 a 9 trabajadores 5% 95% La cofinanciación puede cubrirse mediante costes salariales si la formación se realiza en horario laboral.
10 a 49 trabajadores 10% 90% La cofinanciación puede cubrirse mediante costes salariales. Es el tramo más habitual en pymes españolas.
50 a 249 trabajadores 20% 80% Empresas medianas con obligación de cofinanciar una parte relevante. Los costes salariales suelen cubrir fácilmente este porcentaje.
250 o más trabajadores 40% 50% Igual al % de bonificación El porcentaje de bonificación (50%) y el de cofinanciación (40%) se aplican ambos sobre el coste total. Requiere planificación financiera específica.

Fuente: Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral (art. 12 y disposiciones complementarias). Los porcentajes se aplican sobre el coste total de la acción formativa. La cofinanciación puede cubrirse con fondos propios o mediante costes salariales computables según normativa FUNDAE vigente.

Microempresas y empresas de 1 a 5 trabajadores

Las empresas de 1 a 5 trabajadores están exentas de la obligación de cofinanciación. Pueden bonificar el 100% del coste de la formación sin necesidad de aportar fondos propios. Además, cuentan con el mínimo garantizado de 420 euros anuales, independientemente de lo cotizado por formación profesional.

Pequeñas, medianas y grandes empresas

A partir de 6 trabajadores, la obligación de cofinanciar entra en vigor de forma escalonada. Una empresa de 6 a 9 trabajadores debe asumir como mínimo el 5% del coste total. Una empresa de 10 a 49 trabajadores, el 10%. Una empresa de 50 a 249 trabajadores, el 20%. Y una empresa de 250 o más trabajadores, el 40%.

Existe, sin embargo, una vía para cumplir la aportación privada sin desembolsar dinero adicional: los costes salariales. Si la formación se realiza en horario laboral y el trabajador no pierde retribución durante las horas formativas, los costes salariales correspondientes a esas horas computan como cofinanciación privada. Esto permite a muchas empresas cumplir el requisito sin asumir un gasto económico adicional.

¿Qué pasa si mi empresa no cubre la aportación privada?

No cubrir el porcentaje de cofinanciación exigido invalida la bonificación, total o parcialmente. Si en una auditoría se detecta que la empresa ha bonificado más de lo que le correspondía según su tamaño de plantilla, deberá reintegrar el exceso más los intereses de demora. Es uno de los errores más frecuentes en empresas que gestionan la formación bonificada sin asesoramiento especializado, especialmente cuando cambia el tamaño de la plantilla de un ejercicio a otro.

El porcentaje de cofinanciación se aplica sobre el coste total de la acción formativa, no sobre el importe bonificado. Es decir, si una empresa de 30 trabajadores contrata un curso de 1.000 euros, debe asumir como mínimo 100 euros (10%) con fondos propios o mediante costes salariales computables, y podrá bonificar hasta 900 euros como máximo.

Ejemplo práctico de cálculo de la aportación privada

Empresa de 80 trabajadores, coste del curso: 2.000 €

Porcentaje de cofinanciación exigido: 20%
Aportación privada mínima: 2.000 × 20% = 400 €
Importe máximo bonificable: 2.000 − 400 = 1.600 €
Si los trabajadores realizan el curso completo en horario laboral con un coste salarial total de 500 €, ese importe computa como cofinanciación privada y la empresa no necesita reducir la bonificación: los 500 € de costes salariales cubren los 400 € exigidos y aún sobra margen.

Empresa de 8 trabajadores, coste del curso: 600 €

Porcentaje de cofinanciación exigido: 5%
Aportación privada mínima: 600 × 5% = 30 €
Importe máximo bonificable: 600 − 30 = 570 €
En este caso, el importe a cofinanciar es muy reducido y puede cubrirse fácilmente con costes salariales si la formación se realiza en horario laboral.

🧮 Calcula la aportación privada de tu empresa

Introduce los datos y obtén el importe que debes cofinanciar
Si la formación se hace en horario laboral, introduce el coste salarial total de los participantes durante esas horas. Si no, deja 0.
📊 Resultado del cálculo
Tramo de empresa aplicable
Porcentaje de aportación privada exigido
Coste total del curso
⚠️ Aportación privada mínima obligatoria
Coste salarial computable como cofinanciación
Aportación privada cubierta
💰 Importe máximo bonificable

⚠️ Cálculo orientativo. Los módulos económicos máximos por hora y participante pueden limitar el importe bonificable. Verifica siempre el crédito disponible y los módulos aplicables en la sede electrónica de FUNDAE antes de comunicar la acción. Fuente: Real Decreto 694/2017.

Preguntas frecuentes sobre la aportación privada

¿La aportación privada tiene que ser en dinero?

No necesariamente. La cofinanciación puede cubrirse con los costes salariales de los trabajadores durante las horas de formación realizadas en jornada laboral. Esto permite a muchas empresas cumplir el requisito sin desembolso adicional, siempre que puedan acreditar documentalmente el coste salarial correspondiente.

¿Cómo se acredita la cofinanciación mediante costes salariales?

La empresa debe poder justificar qué horas de formación se realizaron en horario laboral y cuál era el coste salarial por hora de cada participante. La documentación habitual incluye los registros de asistencia con el horario de cada sesión y los recibos de nómina del periodo correspondiente.

¿El porcentaje de cofinanciación se aplica sobre el coste real o sobre el módulo máximo?

Sobre el coste real de la acción formativa, siempre que no supere los módulos económicos máximos establecidos por FUNDAE (9 €/h para presencial básica, 13 €/h para presencial superior y 7,50 €/h para teleformación). Si el coste supera esos módulos, la bonificación máxima se calcula sobre el módulo y la empresa asume la diferencia.

¿Qué ocurre si mi plantilla cambia a mitad de año?

El porcentaje de cofinanciación exigido se calcula en función de la plantilla media del ejercicio, que es la que FUNDAE tiene registrada en su sistema. Si la plantilla varía significativamente durante el año, conviene verificar en la aplicación de FUNDAE cuál es el tramo aplicable antes de comunicar nuevas acciones formativas.

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